Si para tu vuelo internacional llevas cantidades superiores a 100 mililitros de líquidos, cremas, geles o aerosoles, deberás transportar estos productos en el equipaje de bodega (facturado).
¡Ten en cuenta!
Podrás llevar estos productos en tu equipaje de mano, siempre que:
- Estén empacados en pequeños contenedores con capacidad individual que no supere los 100 mililitros.
- Dichos contenedores deben estar empaquetados en una bolsa transparente de plástico con autocierre que no sume más de un litro en su capacidad (bolsas de aproximadamente 20x20 cm.).
- Las bolsas en mención deben ser adquiridas directamente por ti antes de iniciar el viaje.
Ahora bien, se consideran líquidos, cremas, geles o aerosoles:
- Agua y otras bebidas como sopas, jarabes y más.
- Cremas, lociones y aceites, incluida la pasta dental.
- Perfumes.
- Geles, como el de ducha o el champú.
- Contenedores presurizados, incluida la espuma de afeitar y desodorantes.
- Aerosoles y cualquier otro líquido que se considere similar a los anteriores.
Se exceptúan de esta restricción:
-Las medicinas, líquidos (incluidos jugos) o geles para diabéticos y personas con otras necesidades médicas.
-En caso tal que un bebé o niños pequeños estén viajando, los biberones, la leche materna o comida envasada. -Los productos de pasajeros con necesidades de dieta especial.
-Los productos de los miembros de la tripulación de vuelo con uniforme y de servicio, con base en las medidas de seguridad adoptadas por el explotador de la aeronave en su plan de seguridad.